Pensión por Invalidez en Colombia

Pensión por Invalidez en Colombia
Pensión por Invalidez en Colombia

Cualquier trabajador colombiano sin importar si es independiente o asalariado, tiene el derecho de recibir una Pensión por Invalidez. Una manera de protegerse legalmente en caso de que sufra un accidente o enfermedad que lo imposibilite físicamente para seguir trabajando. Un tema del cual vamos a hablar a fondo para esclarecer todas sus interrogantes.

¿Qué es la Pensión de invalidez?

En Colombia la ley 100 y sus posteriores modificaciones son el marco legal que regula todo lo concerniente a la Seguridad Social Integral del Trabajador. En otras palabras, es la ley que se encarga de proteger al ciudadano que labora, garantizándole servicio médico, pensión por vejez, servicios funerarios y Pensión por Invalidez.

Esta última se define como una prestación económica que entra en vigencia cuando la persona es víctima de algún tipo de accidente o enfermedad que le produzca una incapacidad considerable para seguir laborando. Es allí entonces que de manera vitalicia la persona denominada “Discapacitada” recibirá mensualmente un salario acorde al grado de invalidez que posea.

La pensión por discapacidad se menciona claramente en el artículo 38 de la ley 100, que dictamina que cualquier trabajador que pierda más del 50% de sus capacidades físicas podrá beneficiarse de esta prestación económica. Siempre y cuando la persona afectada se encuentre afiliada al sistema de la Seguridad Social cotizando activamente.

Tipos de Invalidez y quién la califica

Debes saber que no todo pensionado por invalidez recibe el mismo monto de liquidación, esto motivado a 3 factores determinantes; grado de pérdida de la capacidad laboral, número de semanas cotizando en la Seguridad Social y origen de la incapacidad.

Para eso la ley divide la Pensión por Invalidez en dos tipos.

Pensión de Invalidez por Riesgo Común

Se refiere a la Invalidez o enfermedad común que se origina fuera del área de trabajo y sin la intención del afectado. Donde se establece que el órgano encargado de liquidar la ayuda económica será el Fondo de Pensiones de la Seguridad Nacional por medio de fondos públicos como Colpensiones o entes privados.

Pensión de Invalidez por Riesgos Laborales o Profesionales

La Pensión por accidente laboral o profesional, entra en vigencia cuando el trabajador es víctima de un accidente durante su jornada de trabajo o en la que haya desarrollado algún tipo de enfermedad que pone en riesgo su salud.

En este caso puntual la Administradora de Riesgos Laborales será el ente encargado de pagar la liquidación. Serán los que les responderán al trabajador en cuanto a hospitalización, consulta médica, medicinas y otro tipo de subsidios. Claro, toda esta ayuda será ofrecida dependiendo del nivel de pérdida de capacidad laboral que tenga el individuo.

Para más información sobre este tipo de Pensión por invalidez de accidente de trabajo, su normatividad se encuentra tipificada en la Ley 776 en su artículo primero.   

¿Quién califica la Pensión por Invalidez?

Un comité médico es el que califica de manera objetiva el grado de invalidez de una persona. Todo organismo público o privado que maneja las pensiones de los trabajadores colombianos cuenta con un grupo de médicos que evalúan el porcentaje de afectación física y mental de un individuo.

Creando así un informe médico que determina con exactitud si esta persona tiene una incapacidad temporal o Incapacidad Parcial permanente. Información que a su vez los fondos de pensión y aseguradoras utilizarán para calcular el monto asignar.

Todo esto siguiendo los lineamientos legales impuestos en la ley 100 de la Seguridad Social Integral del Trabajador.

Incapacidad de tipo temporal

Es una incapacidad producto de accidente o enfermedad laboral que ocasionará que el trabajador esté ausente de sus funciones durante un tiempo. La Administradora de Riesgos Laborales será el ente encargado de pagarle al trabajador un subsidio equivalente al 100% de su salario base hasta el momento de su recuperación.

Norma que rige en el artículo 3 de la ley 776 del año 2002. 

Incapacidad de tipo parcial permanente

La Incapacidad Permanente se origina cuando el trabajador sufre un accidente o desarrolla una enfermedad durante la jornada de trabajo que lo lleva a tener una afectación física mayor al 5% y menor al 50% de sus capacidades.

Por lo cual el artículo 7 de la ley 776 establece que la liquidación de pensión para este tipo de grado de incapacidad sea mayor a dos salarios base.

Enfermedades que dan Incapacidad Laboral en Colombia

Las enfermedades incapacitantes son padecimientos que se generan dentro del trabajo. El estrés, las largas jornadas laborales y agentes bacteriológicos, pueden ocasionar un sin número de  padecimientos capaces de incapacitar a una persona de por vida.  

Algunas con tratamiento médico pueden curarse, otras lamentablemente no y en Colombia el trabajador promedio no está exento de ellas. Por tal motivo nombraré algunas de las enfermedades laborales más comunes que pueden llegar a crear una Incapacidad Absoluta.

  • Artritis reumatoide.
  • Bursitis.
  • Cáncer producto a la exposición de sustancias o equipos que emitan mucha radiación.
  • Degeneración visual.
  • Enfermedades de origen parasitario.
  • Pérdida de la audición.
  • Problemas respiratorios.
  • Trastornos musculoesqueleticos.
  • Síndrome del túnel carpiano.

Requisitos para obtener la Pensión por Invalidez

Para solicitar la Pensión por Invalidez la persona tendrá que cumplir a cabalidad una serie de requisitos, los cuales son diferentes para cada tipo de subsidio.

Por riesgo común

Si la persona resultó afectada en un accidente fuera del trabajo o tiene una enfermedad que perjudica su capacidad para trabajar, entonces deberá consignar los siguientes requisitos:

  • Mediante informe médico demostrar que posee más del 50% de pérdida de la capacidad laboral.
  • Si es una persona mayor de 20 años es necesario que ya tenga cotizado 50 semanas de pago en el fondo de pensión de seguro social.
  • Si es menor de 20 años, al menos poseer 26 semanas de cotización en el último año antes de que supiera que sufría de alguna invalidez producto de enfermedad o accidente.


Por riesgo laboral o profesional

Ahora bien, si la invalidez fue producida dentro de la jornada de trabajo, los requisitos que se deberán cumplir para acceder a la pensión serán los siguientes:

  • La pensión de riesgo laboral también requiere que la persona demuestre que posee más del 50% de pérdida de capacidad laboral.
  • En este tipo de Pensión por Invalidez no es necesario que el trabajador tenga semanas cotizadas en la Administradora de Riesgos Laborales (ARL)

Pasos para tramitar una Pensión por Invalidez

Una vez se cumplan los requisitos exigidos por la ley se pasará a tramitar la documentación requerida para iniciar la solicitud de esta pensión.

Entrega de la documentación

Llevar a las oficinas de la Seguridad Nacional la siguiente lista de documentos:

  • Fotocopia de la cédula de ciudadanía o de extranjería de ser el caso, ampliada a un 150%.
  • Dictamen médico sellado y firmado en conjunto con la certificación de calificación que indica el porcentaje de pérdida de capacidad laboral.  
  • Si el afiliado nació antes del 15 de junio de 1938 tendrá que presentar partida de bautismo en original.
  • En cambio si el afiliado nació luego del 15 de junio de 1938 entonces tendrá que mostrar el registro civil de nacimiento en original.
  • Certificación en original de que la persona se encuentra vinculado a la Entidad Promotora de Salud (EPS).

Proceso de validación

Este paso consiste en la revisión de los documentos y de que cumpla con los requisitos exigidos por el Fondo de Seguridad Nacional para así obtener la Pensión por Invalidez.

Aprobación o rechazo de la solicitud

Luego de que los documentos fueron revisados y no se consiguieron detalles, pasan al  departamento legal. Aquí la respuesta de aprobación o rechazo puede durar hasta 4 meses.

Liquidación

Si es aprobada la pensión se te informará por correo electrónico, indicándote que tu estatus de afiliado es oficialmente de “Pensionado”. Como también se te indicará el proceso de liquidación y el pago mensual de la mesada. 

Fondos públicos para la Pensión por Invalidez en Colombia

Dos regímenes de pensiones funcionan actualmente en Colombia, uno es público representado por la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones). Y el otro lo figuran 4 fondos privados o AFP (Colfondos, Protección, Porvenir y Old Mutual)

Pensión por Invalidez Colpensiones

Colpensiones es una empresa estatal adscrita al Ministerio del Trabajo que se encarga de administrar todo lo relacionado con las pensiones que funcionan en Régimen de Prima Media.

Garantizando que situaciones como la vejez, el fallecimiento y la invalidez puedan ser cubiertas económicamente gracias a un fondo común que gestiona el estado. Esto a partir de las cotizaciones que al mismo trabajador se le deducen de su salario mensualmente.

Pensión por Invalidez en Régimen de Prima Media

En cuanto al tema de la invalidez el régimen de Prima Media funciona como una prestación de carácter definido. Y solo podrá ser usada por el beneficiario una vez cumpla con los requisitos impuestos en el artículo 31 de la ley 100 del año 1993.

Fondos privados para la Pensión por Invalidez en Colombia

La Pensión por invalidez en los Fondos Privados funciona de manera distinta a la pública. Ya que el afectado por accidente o enfermedad está protegido bajo una especie de póliza de seguros, la cual el paga de manera trimestral o anual.

Además la cantidad de semanas que tienes acumuladas como trabajador será el monto a definir, es decir, no se necesitará una determinada cantidad de semanas cotizadas para utilizar el dinero, sea para la vejez, muerte o invalidez. 

Pensión por Invalidez en Régimen de Ahorro Individual

Dentro del funcionamiento de los fondos privados que garantizan las pensiones a los trabajadores colombianos encontramos el Régimen de Ahorro Individual. El cual es una alternativa para aquellos empleados que no pueden cotizar por el Sistema General de Pensiones.

Siendo una rápida solución para aquellas víctimas de accidentes o de enfermedades que se encuentran inválidas para trabajar pero que son rechazadas por la Seguridad Nacional. Ofreciéndole un Porcentaje pensión por invalidez mayor al 110% del salario mínimo legal del país.

Entre las empresas privadas que poseen esta configuración  se encuentra Colfondos, Porvenir, Old Mutual y Protección. Las cuales son denominadas AFP (Administradoras de Fondos de Pensiones).   

Espero que esta información te haya sido de mucha utilidad en caso de que pienses solicitar una Pensión por Invalidez. Te dejamos a continuación otros artículos que pueden ser de tu interés:

✅ Afiliación a Colpensiones – Régimen de Prima Media

Afiliacion a Colpensiones

La vinculación al Sistema General de Pensiones se lleva a cabo como se muestra a continuación, tenga en cuenta que la afiliación a Colpensiones es permanente hasta cumplir los tiempos mínimos requeridos para solicitar un cambio de régimen.

Afiliarse a Colpensiones significa optar por el plan de Prima Media con Prestación Definida, que otorga beneficios pensionales a quienes hayan hecho los aportes correspondientes durante su vida laboral. La mayor ventaja del régimen de prima media es que no está expuesto al riesgo de la rentabilidad de a los cambios en las tasas de interés que las AFPs decidan implementar.

La afiliación a Colpensiones depende inicialmente del tipo de trabajador que usted sea al momento de hacer el trámite o el traslado, bien sea como Trabajador Dependiente o Trabajador Independiente.

El siguiente paso a paso lo guiará para la correcta afiliación al régimen de prima media de Colpensiones.

✅ Afiliación a Colpensiones como Trabajador Dependiente:

Afiliacion a Colpensiones

El proceso de afiliación como persona dependiente es el siguiente:

  1. Diligencia el Formulario de Vinculación. Éste se puede obtener en las oficinas y puntis de atención de la entidad, o en el siguiente link: Formulario Afiliación Colpensiones
  2. Aprobación del Empleador. El empleador, Jefe de Recursos Humanos o Representante legal de la empresa donde laboras deberá firmar el formulario.
  3. Documentos adicionales. Adjuntar Fotocopia del documento de identidad.
  4. Entrega en punto físico. Entregar los documentos y anexos en cualquier oficina de Colpensiones. (Revisa aquí su Red de Puntos de Atención)

✅ Afiliación Colpensiones como Trabajador Independiente:

Tiempo Requerido: 30 minutos.

El proceso de afiliación como persona independiente es el siguiente:

1- Diligencia el Formulario de Vinculación. Éste se puede obtener en las oficinas y puntos de atención de la entidad, o en el siguiente link: Formulario Afiliación Colpensiones.

Primer paso para afiliación a colpensiones

2 – Documento de identidad. Adjunta copia de tu documento de identidad: CC, CE, TI, PA

Segundo Paso Afiliación a Colpensiones

3 – Presentación de Documentos. Entregar los documentos y anexos en cualquier oficina de Colpensiones. (Revisa aquí su Red de Puntos de Atención).

Tercer paso Afiliación a Colpensiones

[anuncio_b30 id=2]

✅ Video explicativo del registro de la Afiliación a Colpensiones

El proceso de creación de cuenta es bastante simple y le permite acceder además a todos los servicios ofrecidos por la oficina virtual de Colpensiones. Tenga en cuenta que debe pasar el filtro de seguridad de 4 preguntas relacionadas con su vida laboral y financiera.

Afiliación Virtual a Colpensiones


[anuncio_b30 id=1]

Si lo prefiere, también puede realizar el proceso completo de afiliación a través de Internet. El paso a paso para afiliarse de manera virtual a Colpensiones es el siguiente:

  1. Acceda a la página de TRÁMITES DE AFILIACIÓN de Colpensiones
  2. Diríjase al menú Ciudadanos y haga clic en Afiliación Electrónica
  3. En caso de no estar registrado en la plataforma diligencie el formulario de registro y cree su usuario y contraseña
  4. La página le solicitará nuevamente ingresar su Usuario y Contraseña
  5. En el Menú de Trámites, vaya a la opción “Vinculación Inicial”
  6. Trabajadores dependientes: Diligencia el formulario electrónico y la plataforma generará un código de seguridad que llegará a su bandeja de correo electrónico o a su celular como SMS
  7. Con el código activará su firma electrónica que manifiesta su interés de afiliación a Colpensiones bajo el régimen de prima media con prestación definida (RPMD)
  8. Consulte el estado de su proceso de inscripción y afiliación a través del panel “Mis Transacciones”

Como ha quedado claro con este instructivo, este proceso es sumamente sencillo y puede realizarlo de forma gratuita. No necesita ningún intermediario para llevarlo a cabo. Eso si, antes de tomar la decisión de afiliarse al Régimen de Prima Media o trasladarse desde el RAIS, haga las consultas necesarias en ambas entidades.

Si necesita realizar un trámite directamente en las oficinas recuerde ubicar su punto de atención más cercano en esta página.

Traslado de Fondo Privado a Colpensiones

Cambiarse de Una AFP a COlpensiones
AFP a Colpensiones

Si un empleado actualmente hace parte del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS) gestionado por una AFP y desea trasladar a Colpensiones sus ahorros para la pensión, es decir hacer el traslado de Fondo Privado a Colpensiones, que administra el Régimen de Prima Media, estos son los paso a seguir:

Asegúrese primero de cumplir los requisitos mínimos para la solicitud de traslado

  1. Obtén el Formulario:Descargue aquí el formulario requerido para la solicitud de traslado de régimen de pensiones
  2. Diligenciar como Novedad: Al llenar la información del formato, debes marcar en el módulo IV, la casilla de NOVEDAD: Traslado de Régimen. Y posteriormente indica a cuál quieres hacer el cambio.
  3. Presentar documentos: Acércate a cualquiera de las oficinas o puntos de atención de Colpensiones con los documentos en físico y tu documento de identidad original

Recuerda que este proceso no necesita ningún tipo de intermediarios y puede tramitarse de forma directa, sin ayuda de un abogado y sin costo alguno. Pero debe informarse muy bien antes de tomar la decisión, ambas empresas, tanto su AFP actual (Porvenir, Protección, Old Mutual o Colfondos), como Colpensiones pueden asesorarle sobre las ventajas y desventajas de realizar el traslado de RAIS a RPM.

Una vez se radiquen los documentos en Colpensiones, las dos entidades iniciarán los procesos internos necesarios para terminar al traspaso de fondo de pensiones. El tiempo en completarse puede ser de hasta 3 meses, y Colpensiones le informará cuando haya quedado completado.

¿Vale la pena hacer el Traslado de Fondo Privado a Colpensiones?

Solo una revisión puntual de su caso puede determinar si le es favorable o no retornar al Régimen de Prima Media. Como hemos explicado en este portal, cada persona tiene un número de semanas cotizadas, tiempo faltante, montos ahorrados y expectativas diferentes, lo que puede llevar a que se incline más por un régimen u otro. 

Sin embargo en la actualidad son muchas las personas que han decidido volver al régimen administrado por el estado colombiano. Según el portal Portafolio.co, unas 75 mil personas adelantaron este procedimiento entre enero y julio de 2019. Cifra que contrasta con las 769 personas que se pasaron desde Colpensiones hacia una AFP.

Las restricciones para el traspaso han sido en muchos casos omitidas a través de fallos judiciales. En estos dictámenes judiciales principalmente se busca que personas, a las que les faltan menos de 10 años para pensionarse, puedan realizar este proceso. Esta jurisprudencia abre camino para muchos colombianos que por su edad tenían que quedarse en el Régimen de Ahorro Individual aunque les favorecía más por su nivel de aportes y semanas cotizadas pasarse a Colpensiones.

La razón para que muchos colombianos decidan hacer este proceso de Traslado de Fondo Privado a Colpensiones es porque las AFP se consideran fondos de alto riesgo pues son empresas privadas que hacen inversiones con el dinero ahorrado para buscar rentabilidad, sin embargo hay mucho margen de riesgo en las condiciones de los mercados que no garantizan siempre una mejor pensión o renta vitalicia para los afiliados.

Le puede Interesar: Cómo afiliarse a Colpensiones

https://colpensiones.tel/afiliacion/

¿Qué significa el Traslado de Fondo de Pensiones?

Traslado de Regimen de Pensiones

El cambio o Traslado de Fondo de Pensiones se puede realizar en Colombia de tres formas diferentes dependiendo del Régimen al que se encuentre afiliado el trabajador dentro del Sistema General de Pensiones en Colombia. Esto implica que la persona ya se encuentra inscrita en el sistema como cotizante y ha aportado alguna suma en calidad de ahorro para su pensión. Si este es su caso y se pregunta cómo cambiar de régimen (RPM a RAIS, o RAIS a RPM) o cómo pasarse de un fondo privado a otro aquí le explicamos cómo.

Los colombianos que hayan cotizado en el Régimen de Prima Media (RPM) se pueden cambiar al Régimen de Ahorro Individual (RAIS) y viceversa al cumplir algunos requisitos. Primero debemos comprender que el RPM es administrado directamente por el estado a través de una única entidad: Colpensiones, adscrita al Ministerio de Trabajo; por otra parte el RAIS es administrado por fondos privados de pensión (AFP) y existen solo 4 en Colombia: Old Mutual, Colfondos, Porvenir y Protección.

¿Es recomendable hacer Traslado de Fondo de Pensiones?

Antes de tomar la decisión final del traslado de régimen tenga en cuenta algunos aspectos clave:

  • Busque asesoría idónea antes de realizar la solicitud de cambio, pues hay muchos detalles a tener en cuenta que podríamos pasar por alto y afectar de forma negativa nuestra pensión futura o incluso la posibilidad de obtenerla.
  • El cambio de régimen puede afectar el monto del ahorro pensional para el caso de los trabajadores que al llegar a la edad de retiro no cumplen con las semanas de cotización necesarias para obtener el beneficio de la pensión.
  • En el asunto pensional, cada caso es único y dependerá de la edad del trabajador, del tiempo previo cotizado, de las semanas faltantes, y los montos ya cotizados. No es posible guiarse por la simple experiencia de otras personas, se debe realizar un análisis a profundidad antes de pedir el traslado.

¿Qué ley reglamenta el traslado de régimen y de AFPs?

La libertad que tienen los colombianos y trabajadores en Colombia para pasar sus cotizaciones de pensión y cesantías de un régimen a otro, o de una AFP a otra AFP están consignados en el artículo 2 de la Ley 797 de 2003. Esta normativa modificó y actualizó lo que se encontraba consignado previamente en la Ley 100 referente a este tópico.

Requisitos Generales para cambiarse de régimen pensional

Si bien existen algúnos trámites puntuales para es traslado de regímenes, existen puntualmente dos requisitos fundamentales a tener en cuenta antes de iniciar la solicitud:

  1. El trabajador debe haber cotizado por un tiempo mínimo de 5 años en el régimen donde se encuentra afiliado actualmente.
  2. No se podrá realizar cambio de régimen cuando falten menos de 10 años para alcanzar la edad de retiro o pensión.

Si desea llevar a cabo el traslado de fondo de pensiones le recomendamos visitar los siguientes instructivos dependiendo de su caso particular:

  1. Cambiarse de Colpensiones a un Fondo Privado de Pensiones  (RPM a RAIS)
  2. Trasladarse de un Fondo Privado AFP a Colpensiones (RAIS a RPM)
  3. Cambiarse de in Fondo Privado a otro Fondo Privados (RAIS a RAIS)
Traslado de Fondo de Pensiones - Colombia - Colpensiones

Recuerde que antes de realizar cualquier cambio definitivo en su estado pensional en Colombia, le recomendamos consultar con una persona experta en el caso y que pueda valorar las diferentes características de su historial laboral, edad y demás elementos para tomar una decisión que sea lo más favorable para su futuro financiero una vez alcance la edad de jubilación.

Las oficinas tanto de su Administradora de pensiones actual así como en las oficinas de colfondos puede encontrar personal que de forma gratuita tienen la obligación de solucionar cualquier duda que tenga sobre su afiliación actual y/o futura.

Le puede Interesar: Afiliación a Colpensiones

https://colpensiones.tel/afiliacion/

¿Qué son las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) en Colombia?

AFP COLOMBIA QUE ES

En el Sistema General de Pensiones de Colombia existen dos regímenes, uno de los cuáles es gestionado por las AFP: Administradoras de Fondos de Pensiones, encargadas del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad.

Las AFPs son instituciones financieras de carácter privado, cuya función es gestionar de la forma más eficiente, los recursos que recogen de los trabajadores colombianos que hacen sus aportes mensuales obligatorios de pensión y cesantías bajo la modalidad de Ahorro Individual.

¿Cuáles son las AFP en Colombia?

En colombia existen por ley 4 AFPs disponibles para afiliarse:

¿Qué servicios ofrecen las AFP en Colombia?

Cada Administradora de Fondos de pensiones ofrece algunas características particulares para atraer a más trabajadores, sin embargo los elementos básicos y servicios que todas AFP colombiana debe entregar a sus afiliados son los siguientes:

Pensión Obligatoria

Se trata de una renta vitalicia, que obtienen los trabajadores luego de cumplir unos requisitos previos de aportes y edad que le permiten al afiliado tener un amparo para la vejez, invalidez o muerte.

Cesantías

Hace parte de las prestaciones sociales de los trabajadores dependientes, y que el empleador consigna al Fondo de Pensiones y Cesantías al que esté afiliado el empleado. La monto de las cesantías se liquida anualmente por la empresa y corresponde a un salario por cada año trabajado.

Pensión Voluntaria

Es una suma, que el empleador puede aportar adicional al pago obligatorio de pensión, y que la AFP pone a generar rentabilidad para el afiliado, como una inversión para su retiro.

¿Qué ley regula a las Administradoras de Fondos de Pensiones?

Administradoras de fondos de pensiones

Todo el Sistema de Seguridad Social Integral en Colombia,fue creado a partir de la ley 100 de 1993, en esta se concentran las diferentes normas, entidades, y procesos para las personas donde se busca una mejor calidad de vida para los colombianos. Entre las entidades especificadas en esta ley, se encuentran las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones para que administren el pago mensual que hagan sus afiliados en calidad de aportes o ahorro para su pensión futura durante la edad de retiro.

RAIS: ¿Qué es el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad?

El Régimen de Ahorro individual con Solidaridad es una de las opciones que tienen los colombianos para entrar al Sistema General de Pensiones, y a diferencia del Régimen de Prima Media es administrado por empresas privadas.

Dentro de este régimen sus afiliados podrán tener una pensión al finalizar su vida laboral o alcanzar su edad de jubilación y vejez. Las personas que coticen bajo esta modalidad deberán acumular un ahorro tal que les de acceso a una pensión mensual mayor al 110% del Salario Mínimo Legal Vigente en Colombia. Para acceder a este mecanismo de ahorro para la vejez debe hacerlo a través de una de las empresas administradoras de éste régimen, que no está gestionado por el estado sino por entidades privadas.

¿Quién administra el Régimen de ahorro Individual Solidario?

Las AFP (Administradoras de Fondos de Pensiones) son las empresas que ha designado el gobierno colombiano para la gestión de los dineros del régimen de Ahorro Individual con Solidaridad. Actualmente estas son:

Características del Regimen de Ahorro Individual

  • No existe una edad preestablecida para acceder a la pensión. Los afiliados son los que deciden esta edad.
  • El valor de la pensión se define a partir de los siguientes elementos:
    • Edad de Retiro Seleccionada
    • Ahorro acumulado en la cuenta del afiliado
    • Modalidad o forma de pensión
    • Número de Semanas Cotizadas
    • Rentabilidad de los montos acumulados como ahorro.
    • Si el afiliado fallece el dinero de la cuenta es heredable
    • Existe una Garantía de Pensión Mínima
  • Aunque la administración de este régimen es llevada por privados, el gobierno garantiza la disponibilidad de los ahorros para los afiliados en caso que una AFP no cumpla con lo pactado con el afiliado.
  • La entidad gubernamental de control y vigilancia para las Administradoras de los Fondos de Pensiones en la Superintendencia Financiera de Colombia.

¿Cuáles son los requisitos para afiliarse al Régimen de Ahorro Individual?

De acuerdo a lo dispuesto en la ley 100 de 1993 en los artículos correspondientes a este régimen, se establece que el principal requisito para obtener una pensión en este regimen del sisema general de pensiones es ahorrar lo suficiente durante su vida laboral para obtener el beneficio de una renta vitalicia de mínimo 110% del Salario Mínimo Legal Vigente en Colombia (SMLV)

¿Cuáles son las modalidades de pensión en el Régimen de Ahorro Individual?

Una particularidad del RAIS es que se puede optar por una de tres formas de pensión:

Renta Vitalicia

Bajo esta modalidad, los ahorros del afiliado harán parte de algo parecido a un seguro, donde a partir del monto acumulado se estimará una mesada vitalicia ajustada según el rendimiento del IPC cada año.

Retiro Programado

En el retiro programado se contempla en primera medida los montos acumulados y la expectativa de vida del afiliado para determinar la renta o mesada. El cálculo de esta pensión variará cada año según el monto que aún tenga acumulado el afiliado. Existe un poco más de riesgo pues no se garantiza un incremento año tras año sino que depende de las condiciones económicas del mercado.

Retiro Programado con Renta Vitalicia.

En este sistema se inicia con un fondo privado y se preestablece una fecha en la que los ahorros se pasarán a una aseguradora con renta vitalicia,,

¿Se puede cambiar del Régimen de Ahorro Individual al Régimen de Prima Media?

Si. El proceso es permitido y se conoce como Traslado de Régimen, sin embargo existe un requisito muy importante que debe cumplir para efectuar este cambio de régimen: Tener un tiempo mínimo de 5 años en el régimen anterior.

Si desea realizar este proceso lo invitamos a ver una descripción detallada en este link: Cambio de Régimen de Pensiones

¿Se puede cambiar de Administradora de Fondo de Pensiones dentro del mismo Régimen de Ahorro Individual?

Cambiarse de un fondo privado de pensiones a otro privado es posible y tiene menos requisitos. Estos son:

  1. Haber estado por lo menos durante 6 meses en la Administradora de Pensiones inicial.
  2. Llevar una fotocopia de su documento de identidad ampliado al 150%
  3. Diligenciar los formularios del trámite en el nuevo fondo privado al que quiere mover sus ahorros

El nuevo fondo privado realizará internamente los trámites con su anterior Administradora de Fondo de Pensiones.

Régimen de Prima Media con Prestación Definida

Dentro del Sistema General de Pensiones existen dos tipos de regímenes disponibles para los trabajadores. Uno de ellos es el Régimen de Prima Media con Prestación Definida. En otras palabras es la forma de ahorro para obtener el derecho a una pensión al final de la vida laboral, tras cumplir ciertos requisitos.

Régimen de Prima Media Colpensiones

El Régimen de Prima Media es gestionado por Colpensiones (Administradora Colombiana de Pensiones), entidad estatal adscrita al Ministerio de Trabajo y que vela por la correcta disposición de estos recursos aportados por los trabajadores dependientes e independientes de Colombia.

¿Qué leyes regulan el Régimen de Prima Media?

La ley 100 de 1993 en los artículos 31 y posteriores da completo alcance al régimen de prima media y se establece como un sistema solidario, es decir que los dineros entregados a los pensionados provienen principalmente de aquellos trabajadores que aún no han alcanzado el beneficio de pensión y siguen cotizando o aportando mes a mes.

Requisitos para pensionarse en el Régimen de Prima Media de Colpensiones

Para obtener el beneficio de renta vitalicia que entrega una pensión en Colombia, los afiliados a Colpensiones, empresa que administra el regimen de Prima Media, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

Edad: ¿Qué edad se necesita para pensionarse?

Hombres :62 años de edad

Mujes: 57 años de edad

Semanas Cotizadas: ¿Cuántas semanas tiene que haber cotizado en el Régimen de Prima Media?

Las semanas cotizadas necesarias para la pensión son las mismas para hombres y mujeres: 1300 semanas de cotización.

¿Qué tipo de régimen es mejor? Prima Media o Ahorro Individual?

Cada régimen tiene características únicas, con sus ventajas y desventajas. Por ejemplo, en el caso del Régimen Prima Media que administra Colpendiones, el monto de la pensión depende de los ingresos bases con los que el afiliado cotizó sus semanas de trabajo durante los últimos 10 años antes de obtener la edad de pensión, del promedio de esos 10 años surge la base para la estimación de la pensión.

Esto hace que éste régimen funcione mejor para trabajadores dependientes o independientes con bajos ingresos, pues por la forma en que se calcula la pensión final, el sistema garantiza una renta o pensión mayor al ahorro de las 1300 semanas cotizadas.

¿Cuánto tiempo hay que cotizar para pensionarse en Colpensiones?

En promedio son 25 años los que un trabajador debe cotizar en el regimen de Prima Media con Prestación Definida para alcanzar uno de los requisitos exigidos para la obtención de Pensión por vejez. Sin embargo tenga en cuenta que también debe cumplir con el requisito de edad mínima exigida para hombres y mujeres.

¿De dónde sale el dinero que se le paga a los pensionados?

El Régimen de Prima Media se financia en el siguiente orden:

  1. Con el dinero ahorrado por los trabajadores durante el tiempo que estuvieron cotizando en su vida laboral. (Consulte aquí sus semanas Cotizadas)
  2. Con los aportes de las personas que actualmente laboran y hacer aportes a este régimen.
  3. Si no alcanza con los dos anteriores fondos de dineros, el gobierno garantizará el pago de estas pensiones con recaudo de impuestos.

Dado que actualmente se debate mucho sobre el futuro de este régimen de pensiones, pues se considera que no es autosostenible es el momento ideal para afiliarse a Colpensiones y entrar en este régimen pues en el futuro es probable que solo se pueda acceder al Régimen de Ahorro Individual, que es administrado por diferentes AFPs privadas y con menor compromiso que el que le corresponde al gobierno nacional.

Si actualmente hace parte del régimen de ahorro individual con solidaridad y desea trasladarse al régimen de Prima Media, es este link le explicamos cómo.

Oficina Virtual Colpensiones

Oficina Virtual - Imagen superior

En la oficina virtual de Colpensiones usted siempre es el primero en la fila. Regístrese de forma fácil en la plataforma de la entidad para realizar todo tipo de trámites por internet. La información y resultados de los trámites virtuales son los mismos de ir de forma física a un punto de atención.

Si no tiene una cuenta en el sistema en línea debe crear primero una cuenta para acceder a los trámites y servicios en línea.

REGÍSTRESE EN LA OFICINA VIRTUAL DE COLPENSIONES:

https://www.youtube.com/watch?v=hX2_qufgofY

Paso a paso para el registro en la plataforma:

1. Haga clic en el siguiente vínculo para dirigirse a la página de Trámites y Servicios en Línea de Colpensiones.

2. Haga clic en el botón verde que dice Ingresar

Paso 2 del registro en la página de Colpensiones

3. En la esquina inferior izquierda encontrará un botón que dice “Registro de Nuevo Usuario”

Paso 3 del registro en la página de Colpensiones

4. Diligencie el formulario con todos sus campos. Estos serán los datos de ingreso cada vez que ingrese al sistema de Colpensiones.

Paso 4 del registro en la página de Colpensiones

5. Ingrese el código de verificación y haga clic en siguiente.

6. El sistema le indicará cómo autenticar el registro y listo.

Si ya tiene cuenta, es decir, si ya está registrado en la oficina virtual pero olvidó su contraseña, siga estos pasos para recuperarla.

Recuperar Contraseña Colpensiones

https://www.youtube.com/watch?v=RzqxNb-OrM4

¿Qué trámites se pueden hacer en la Oficina Virtual de Colpensiones?

Existen algunos trámites que se pueden hacer sin necesidad de estar registrado, para los que solo se requieren los datos del interesado. Estos trámites son abiertos a cualquier persona y dicha información se considera pública. Estos trámites son los siguientes:

Una vez usted se encuentra registrado y puede ingresar a la oficina virtual, se le activarán los siguientes servicios dependiendo de las características de su vinculación a la entidad.

  • Historia laboral
  • Corrección de Historia Laboral
  • Actualización de datos de afiliado
  • Formulario de PQRS
  • Certificado de pensión
  • Certificado EPS
  • Deducidos y devengados
  • Actualización de datos pensionado
  • Consulta de saldos BEPS
  • Certificado de indemnización
  • Notificaciones por aviso

Los servicios que presta Colpensiones a través de sus sucursales físicas y virtual no tienen ningún costo para sus afiliados. Si desea afiliarse a Colpensiones siga las instrucciones del siguiente link: Afiliación de Colpensiones

Éstos últimos servicios son prestados después de haber ingresado correctamente el usuario y contraseña, por lo tanto corresponden a información privada del afiliado.
Recuerde que si lo prefiere, Colpensiones también cuenta con una extensa red de puntos de atención y oficinas físicas para su conveniencia. Puede consultar su oficina más cercana en el este enlace: Oficinas físicas Colpensiones

HISTORIA LABORAL COLPENSIONES

Historia Laboral Colpensiones

¿Qué es la Historia Laboral en Colpensiones?

La historia laboral es el registro de los aportes que el trabajador ha recaudado en calidad de Dependiente o Independiente y aportado al Sistema General de Pensiones. En el caso de Colpensiones son aportes al Régimen de Prima Medio. Los pagos se hacen tomando como base el salario mensual que devengó el empleado. De este reporte se puede obtener los periodos laborados en los que cotizó como independiente o dependiente y las semanas cotizadas.

Para el conteo de Semanas de Colpensiones se tienen en cuenta además de los aporte al Régimen de Prima Media (RPM) las cotizaciones efectuadas al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS) que era en que se encontraba vigente en Colombia antes de enero de 1967. 

Descargar Historia Laboral de Colpensiones

El proceso para obtener tu historia laboral se realiza en el siguiente link: https://www.colpensiones.gov.co/sede_electronica/Publicaciones/tramites_y_servicios_en_linea

Pero antes de eso revisa las instrucciones y paso a paso en el vídeo a continuación:

Historia Laboral
La historia Laboral en Colpensiones y Cómo obtenerla
https://www.youtube.com/watch?v=6vyHgXKtomo

No hay ninguna diferencia entre el documento de Historia Laboral obtenido con este proceso y los que se entregan en las oficinas físicas y puntos de atención a nivel nacional.

Sin embargo tenga en cuenta que este certificado es diferente al Certificado de Afiliación a Colpensiones.

Historia Laboral Colpensiones en Punto de Atención físico

[anuncio_b30 id=1]    

Además de las oficnas directas de Colpensiones recuerda que puedes visitar también los CADE y SUPERCADE en Bogotá para solicitar la Historia Laboral y el número de semanas cotizadas.

Requisitos para Solicitar la Historia Laboral en físico

Para solicitar un certificado de las semanas cotizadas en una de las oficinas de Colpensiones tenga en cuenta

  • La solicitud se debe hacer de forma personal, presentando el documento de identidad original.
  • En caso de ser necesario también un apoderado puede hacer la solicitud presentando el respectivo poder notariado, anexando también: Copia ampliada al 150% del documento de identidad del cotizante. Documento en físico y real del apoderado, y Tarjeta profesional del abogado apoderado.
  • Un tercero autorizado (No abogado) También puede hacer la solicitud en nombre de un cotizante siempre que tenga autorización por escrito y allegue también: Carta de Autorización, Fotocopia del documento del cotizante ampliada al 150% y documento en físico del tercero autorizado.

Cómo solicitar el Historial Laboral de un afiliado fallecido

[anuncio_b30 id=2]    

En casos de un familiar fallecido solo los familiares en primer grado de consanguinidad podrán realizar la solicitud presentando los siguientes documentos:

  1. Fotocopia autenticada del Registro Civil de Defunción
  2. Copia autenticada de los Registros civiles de nacimiento que demuestren la relación Padre – Hijo.
  3. Registro Civil de Matrimonio en caso de tratarse del cónyuge
  4. Declaración juramentada ante notario como constancia de vivienda en pareja con el afiliado fallecido durante los últimos 5 años.

Errores en la Historia Laboral

En caso de que se presenten inconsistencias en las Historia Laboral, estas se pueden corregir a través del formulario de Solicitud de ajustes dispuesto por Colpensiones. Para ello también se deben presentar los soportes que demuestren el error que se debe arreglar.

También se puede presentar la solicitud en forma física en cualquier punto de atención de Colpensiones, CADE o SUPERCADE.

Descarga Aquí los formularios de solicitud de correcciones

Debe llevar impresos y diligenciados estos tres formularios a cualquier punto de atención de Colpensiones para la solicitud de ajustes en su Historia Laboral.

  1. Datos del Solicitante: Descargar
  2. Actualización de cotizaciones entre enero de 1967 y diciembre de 1994: Descargar
  3. Actualización de cotizaciones a partir de enero de 1995: Descargar

Para qué se usa la Historia Laboral de Colpensiones

La historia laboral permite a Colpensiones establecer el cumplimiento de uno de los requisitos para la obtención de la pensión, o ser beneficiario de un auxilio económico en casos de vejez, invalidez, sobrevivencia, indemnización o auxilio funerario.

Esta certificación presenta el tiempo cotizado en este régimen de contribución. Así podrá determinar cuántas semanas ha cotizado y cuánto le falta para solicitar la pensión.

✅ BEPS – Descubre los Beneficios Económicos Periódicos de Colombia

BEPS Colombia - Beneficios económicos Periódicos

BEPS es un programa del gobierno nacional que incentiva el ahorro para la vejez. Se presenta como una alternativa para poder percibir un ingreso vitalicio después de cumplir la edad de pensión. Lo que más destaca de este beneficio es que puedes hacer aportes flexibles, sin comisiones ni intereses de mora.

Una herramienta creada para aquellos que realizan sus trabajos de forma independiente. Si estás en una edad donde te estás preguntando ¿qué son los BEPS? Tienes que leer esto.

Hemos preparado la información más actualizada y relevante sobre estos beneficios que de seguro te interesará.

[anuncio_b30 id=1]    

✅ BEPS – ¿Qué significa?

El programa se denomina “Beneficios Económicos Periódicos”. Es un programa de incentivos del gobierno colombiano que protege la vejez de personas de escasos recursos. Fue creado desde el año 2005 y está dirigido por la estatal de administración Colpensiones.

Está destinado para personas que cotizaban en cualquier fondo de pensión. En este caso, cumplieron con la edad calificable para pensión, pero no alcanzaron el ahorro necesario para recibirla. También se dirige a personas que tienen ingresos inferiores a un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.

Para poder acceder a este programa no deben haber retirado el monto de aportes para el sistema de pensiones. Solo se debe trasladar los aportes realizados a BEPS Colpensiones.

Sus tres aspectos más resaltantes son los siguientes:

  • Es un medio de ahorro individual, es decir, es la persona quien hace los aportes.
  • Es un programa independiente y autónomo del sistema nacional (público o privado) de pensiones.
  • Es un programa al cual se accede voluntariamente.

No es un programa rígido como las pensiones ordinarias, donde el aporte es obligatorio. En este caso, podrás ahorrar lo que precises y cuando lo requieras. Esto se basa en función de la capacidad productiva del interesado.

✅ Características del programa BEPS

Lo primero a tener en cuenta es que es un programa social, no es una pensión como tal. Al no ser pensión, el ingreso es ligeramente inferior al salario mensual vigente colombiano. Sin embargo, es un recurso que se percibe por el resto de la vida del interesado.

Los Beneficios Económicos Periódicos se establecieron como un mecanismo alterno para proteger a las personas que entran en vejez. Como tal, es independiente del sistema ordinario de administración existente.

Por lo general está dirigido a personas que no pudieron alcanzar el monto necesario de ahorro para recibir una pensión. La persona se vincula para recibir un ingreso vitalicio que se compone del ahorro más un porcentaje de estímulo del gobierno. Por ser programa social, el beneficio percibido no es heredable para los familiares, en caso de fallecer el titular.

¿Cómo se liquidan los BEPS? Las pensiones regulares se liquidan de forma mensual con el sistema general de administración. Ahora bien, en el caso de este programa, se cancela bimestralmente. El aporte realizado no debe superar en ningún caso el SMMLV de forma anual.

✅ Incentivo que otorga el Estado

Con base en los aportes realizados (empleado o independiente) al fondo de pensiones, se realiza un cálculo correspondiente. Para ello se deben trasladar el monto ahorrado hacia los BEPS. El estado otorgará un incentivo igual al 20% de la cantidad ahorrada.

✅ Beneficios del programa BEPS

El primer beneficio destacable es la independencia para ahorrar y el soporte gubernamental. Pero no todo queda en esos dos grandes detalles. Entre los grandes beneficios que presenta este programa para sus integrantes se tienen:

  • A partir de su recepción, se hace de forma vitalicia.
  • El ingreso es personal e individual.
  • Fomenta una mejor calidad de vida, al permitir un ingreso constante durante la vejez.
  • A pesar de estar dirigido para personas vulnerables, forma conciencia de ahorro para el futuro.
  • No tienen gastos de mora o intereses. Esto se debe a que se realizan directamente en Colpensiones y no en la banca tradicional. Así, se reduce significativamente los costes de los BEPS.
  • Se reciben incentivos que son otorgados de forma puntual o aleatoria.
  • El subsidio se calcula en forma anual para cada individuo que forme parte del sistema BEPS.

✅ BEPS – Cómo acceder a este programa

[anuncio_b30 id=1]    

A partir de este punto, vamos a resumir todos los aspectos necesarios para poder ingresar y acceder al beneficio. Para poder postularse por primera vez, es necesario que la persona sea colombiana por nacimiento y mayor de edad.

Además, es importante que el ingreso mensual sea menor a 1 SMMLV (demostrable). Los miembros de comunidad indígena resguardados, tienen que mostrar el censo respectivo. Bajo este punto, adicionalmente, conoceremos otros postulados, como la vinculación y cómo recibir el beneficio.

✅ Vinculación a los BEPS

Si eres una persona que necesita esta ayuda, debe realizar los siguientes pasos para vincularse:

  1. Habiendo cumplido con los requisitos anteriores mencionados, diríjase a los puntos de vinculación. Estos son dependientes de Colpensiones. Aquí recibirá toda la información y le entregarán el formulario único de vinculación. Puede verificar el punto más cercano desde este enlace.

Si usted hace el diligenciamiento directamente en los puntos integrales, no tiene que imprimir el formulario. Ahí mismo será debidamente atendido, y el formulario se genera con firma y cronología digital. Ahora, si lo hace de forma personal, puede seguir los siguientes pasos:

  • Si cuenta con acceso a internet, este formato puede descargarlo directamente desde aquí.
  • Se necesita precisión a la hora de diligenciar de forma personal este formulario. Para ello es necesario que escriba de forma legible y sin tachaduras o enmendaduras. Además, la tinta que debe usar para llenar dicho formulario debe ser tinta negra.
  • Radicar los documentos en los “puntos integrales de atención y servicio BEPS”. Para conocer el avance de su requerimiento, recibirá respuesta en 15 días.

✅ Requisitos para otorgar el programa BEPS

Para poder ingresar a este programa, es necesario cumplir con unos requisitos. Es por ello que te los traemos en este punto:

  • Para los hombres, la edad mínima para acceder es a partir de los 62 años.
  • Para las mujeres, la edad mínima de acceso es a partir de los 57 años.
  • Es necesario que la persona no haya logrado el monto mínimo requerido. Esto con el fin de poder contar con una pensión del Sistema General de Pensiones. No importa que sea en administradoras públicas o privadas. En este caso se revisan: ingresos por aportes obligatorios, voluntarios y otros.

¿Qué son los BEPS y el Sistema Flexible de Protección para la Vejez?

El Sistema Flexible de Protección para la vejez es un programa desarrollado e impulsado por el gobierno Colombiano pensando en aquellas personas que llegan a su vejez sin haber conseguido el ahorro necesario o semanas cotizadas requeridas para acceder a una pensión. Este sistema administrado por Colpensiones permitirá a millones de colombianos acogerse a los Beneficios Económicos Periódicos (BEPS) que por medio de un ahorro inferior a la cotización requerida para pensión, les dará la opción de recibir en la vejez una renta vitalicia cada dos meses y el monto dependerá del ahorro realizado y los rendimientos.

ABC de los BEPS

¿Quiénes pueden optar por los BEPS y ser beneficiarios del Sistema Flexible de Protección para la vejez?

Los beneficiarios de los BEPS son principalmente aquellas personas que cotizaron durante algún tiempo en su vida laboral, pero que al llegar a la vejez no han cumplido el mínimo de semanas requeridas para pensionarse. También puede cualquier persona con un salario o ingresos menores al salario mínimo aportar “lo que quiera y cuando pueda” para recibir beneficios en el futuro.

Si usted recibe más de un salario mínimo lega recuerde que el proceso que debe llevar a cabo es la Afiliación al régimen de Prima Media de Colpensiones.

¿Cuánto hay que aportar al Esquema Flexible para ser beneficiario de los BEPS?

No existe un mínimo de aportes en este sistema, para afiliarse a este sistema lo importante es ahorrar cuanto antes y la mayor cantidad posible para obtener mejores beneficios. Sin embargo desde 5000 hasta 1.200.000 por año puede aportar en la modalidad, tiempo y periodicidad que mejor se ajuste a sus ingresos.

¿Los Beneficios Económicos Periódicos (BEPS) son una pensión?

[anuncio_b30 id=1]    

Este sistema no es una pensión, y justamente lo que busca es otorgar una mínima protección económica para las personas que no alcanzan a cumplir los requisitos necesarios para obtener una pensión de vejez.

¿Todas las AFPs pueden administrar el Esquema Flexible de Protección para la Vejez?

La única entidad autorizada y con la función de gestionar los dineros de este esquema de protección en Colpensiones – Administradora Colombiana de Pensiones. Designación otorgada por la Ley 1151 de 2007.

¿Los trabajadores informales pueden aportar al Esquema Flexible de Protección para la Vejez?

Si. De hecho es uno de los propósitos de su creación. Beneficiar a aquellas personas que trabajaron de forma informal la mayor parte o totalidad de su vida laboral. Es por eso que son las personas quienes aportan lo que pueden y cuando pueden para luego ser beneficiarios de los BEPS.

¿De dónde sale el dinero para este esquema?

Los recursos con los que se financia el Esquema Flexible de Protección para la Vejez provienen principalmente del Fondo de Solidaridad Pensional Así lo definió la Ley 1328 de 2009

Requisitos para vincularse a los Esquema Flexible de Protección para la Vejez y ser beneficiario de los BEPS

  1. Ser Colomabiano
  2. Ser mayor de 18 años
  3. Tener ingresos mensuales inferiores al salario mínimo legal vigente en Colombia.

El primer paso para la afiiliación es verificar con su cédula si es apto desde Colpensiones. Hágalo como se explica a continuación.

Consulte aquí la viabilidad de ser parte del programa de Beneficios Económicos Periódicos BEPS. Es muy fácil!

CONSULTE VIABILIDAD

Colpensiones.gov.co

¿Puedo retirar mis aportes de antes de cumplir la edad de pensión?

Si. El sistema funciona casi como una cuenta de ahorro. Pero tenga en cuenta que si usted es afiliado y retira los fondos antes de la edad de pensión no tendrá los beneficios del gobierno. La intención es que permanezcan ahí hasta llegar a la edad de retiro (Mujeres: 57 años. Hombres: 62 años)

¿Los BEPS se pueden heredar?

Si la persona ya contaba con el pago bimensual de los Beneficios Económicos Periódicos, esta renta no es de ninguna manera heredable.

Sin embargo cuando la persona fallece antes de llegar a la edad de retiro, sus familiares podrán retirar el dinero acumulado más la rentabilidad que hayan generado.


Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos y para mostrarte publicidad relacionada con sus preferencias en base a un perfil elaborado a partir de tus hábitos de navegación. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Ver
Privacidad