Mesada 14 en Colombia

La mesada 14 en Colombia es una mesada adicional a la cual anteriormente tenían derecho todos los pensionados, sin embargo hoy en día solo unos pocos pensionados conservan este pago adicional de su pensión. La mesada 14 fue otorgada a los pensionados en el articulo 142 de la Ley 100 y modificada por el acto legislativo 01 de 2005.

¿Qué es la mesada 14 en Colombia?

Todo lo que debe saber sobre la Mesada 14 en Colombia

Cada año los pensionados ya sea por jubilación, vejez o sobrevivientes reciben un total de 13 mesadas, sin embargo el la ley 100 en el artículo 142 se decidió brindar a estos afiliados un pago anual de una mesada adicional compuesta por un total de 30 días de la pensión, siempre y cuando la mesada 14 no superaran 15 salarios mínimo.

Los pensionados que cumplían con esta condición recibían un total de 12 mesadas correspondientes al año, la mesada 13 correspondiente al pago adicional del mes de diciembre y la mesada 14 el mes de junio de cada año.

¿Qué pensionados tienen derecho a la Mesada 14?

Según lo previsto en el acto legislativo 01 de 2005 aquellas personas personas que realizaron el cause después del 31 de julio de 2011 no tienen derecho a recibir la mesada 14 y solo percibirán 13 mesadas al año.

Es importante señalar que el acto legislativo entro en vigencia a partir de 25 de julio de 2005 y aquello que realizaron la solicitud antes de esta fecha pueden disfrutan de la mesada 14 sin inconvenientes. Sin embargo aquellos que realizaron el cause entre el 25 de julio de 2005 y 31 de julio de 2011 solo tendrán acceso a la mesada 14 siempre que su mesada sea inferior a tres salarios mínimos.

Recuperación de la Mesada 14

La mesada 14 es una beneficio que fue controlado desde el 2005, afectando en gran manera el poder adquisitivo de los pensionados cuya condición de vejez, discapacidad, entre otros, no les permite persibir un ingreso adicional y depende de forma exclusiva de la mesada.

Aunque fueron muchas las muestras de inconformidad respecto a la aprobación de la sentencia donde el magistrado Nilson Pinilla fue uno de los muchos personajes que lucharon en contra de este criterio, el acto legislativo 01 2005 es una gran violación a los derechos del pensionado.

Aunque muchos han intentado la recuperación de este derecho, la mesada 14 se ha convertido en una añoranza para quienes conocen su existencia, mas nunca disfrutaron de ella y solo les quedo ver como les fue arrebatada una pequeña porción anual de lo que les correspondía.

Acto legislativo 01 de 2005

El acto legistavo 01 de 2005 es una normativa que establece que un trabajador puede disfrutar de su pensión una vez que cumpla los requisitos de edad, tiempo de servicio y semanas cotizadas, entre otras normativas presentes en la ley.

Dentro de esta normativa ha sido incluido algunos incisos y parágrafos destinados a modificar el articulo 48 de la Carta política, haciendo mención de la conocida Mesada 14.

Según lo descrito en el parágrafo transitorio 6, aquel que realice el cause desde el 25 de julio de 2005 y antes o durante el 31 de julio de 2011 y luego de entrar en vigencia este acto legislativo tendrá acceso a la mesada 14 si cada mesada que recibe es inferior a tres sueldos mínimos siempre que cumpla lo establecido respecto a las semanas cotizadas y la edad requerida para solicitar la pension.

En caso contrario recibirá solo 13 mesadas al año, sin embargo aquellas personas que realizaron el cause de su pensión antes de entrar en vigencia el acto legislativo 01 de 2005, es decir el 25 de julio de 2005, tienen acceso a la mesada 14 sin importar el monto de cada mesada recibida en su pensión.

Mesada 14 como derecho adquirido

Antes de entrar en vigencia el acto legislativo 01 de 2005 el estado realizaba el pago de la mesada 14, considerando esta mesada 14 adicional como un derecho adquirido por todos los pensionados, una vez que entra en vigencia el acto legislativo.

Colpensiones deja de considerar la mesada 14 como una responsabilidad y quien asume este pago es el empleador y esta mesada adicional se convierte en un derecho adquirido solo aquellos que cumplieron con lo establecido en el acto legislativo 01 de 2005 coartando así los derechos de cada pensionado que realizo el cause posterior a la fecha limite.

Hoy en día son muchos los colombianos que disfrutan de la mesada 14, sin embargo cada día crece el número de pensionados que no tienen acceso a este beneficio, lamentablemente aun no se toman medidas que obliguen al estado a devolver este derecho y es común encontrarnos con personas que realizaron el cause el mismo año y reciben un número de mesada diferente.


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