La prima de servicios hace referencia a una prestación legal a la cual tienen derecho todos los empleados que poseen un contrato de trabajo, está corresponde a un mes de salario por cada año que labore el empleado, sin embargo, también puede ser por fracción de año lo cual está determinado por el tiempo en que laboré el trabajador en la organización, la prima de servicios esta dentro del artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo.
Ten presente que ningún empleador puede omitir el pago de la prima de servicios y de igual forma ningún empleado puede rechazar el pago de la prima.
✅ Cálculo de la prima de servicios
Para realizar el cálculo de la prima de servicios se emplea la siguiente fórmula:
- Prima de servicios = Salario + (auxilio de transporte * días trabajados) / 360
Ejemplo:
Si un empleado laboró 150 días en el año 2020 y recibe un salario mínimo más el auxilio de transporte el valor de la prima de servicios es igual a:
- Prima de servicios: ((877.804 + 102.853) * 150) / 360
- Prima de servicios: 408.607
✅ Pago de la prima
Si bien se dijo que la prima corresponde a 30 días de trabajo este pago se realizará en dos momentos un primer momento corresponde a 15 días de salario el cual se debe pagar el primer semestre laborado que debe ser a más tardar el 30 de junio del presente año y el siguiente momento de pagar la prima es a más tardar el 20 de diciembre de ese año.
En el caso en que el trabajador renuncia o sea despedido antes de que se le realice el pago de la prima está se debe de cancelar en la liquidación. Osea que el pago de la prima corresponde a los días laborados hasta la terminación del contrato.
El empleador no está en la obligación de cancelar la prima en un solo momento puedes realizarlo en diferentes cuotas pero cuya sumatoria si sea equivalente al valor total de la prima.
Prima durante incapacidades
Si el empleado o trabajador se encuentra en un período de incapacidad laboral la prima de servicios no tendrá ningún descuento, es decir si el empleado está con incapacidad de igual forma se le debe de pagar la prima con total normalidad como si el trabajador hubiera elaborado esos días de incapacidad.
Prima en suspensión de contrato
Si por algún motivo el empleado obtiene una suspensión en el contrato de igual forma la prima se debe de seguir calculando con total normalidad, sin embargo, el valor de la prima si se verá afectado ya que el período laboral del empleado disminuyó y por ende afectará a la base para realizar el cálculo.
✅ Provisión de la prima de servicios
La prima de servicios al igual que las demás prestaciones sociales se deben seguir provisionando mensualmente.
Recuerda que por cada día que labora el empleado se empieza a contabilizar el valor a pagar de la prima, eso quiere decir que la empresa debe de realizar mensualmente la provisión de la prima de servicio con base al salario del trabajador, correspondiente a un porcentaje del 8,33 % valor que se da porque cada doce meses el empleado tiene derecho a un 100% de su salario por cada mes laborado corresponde a un 8,33%.
✅ Caso en que el empleador no pague la prima
Actualmente como tal no hay una sanción establecida para los empleadores que no paguen la prima de servicios a los trabajadores a tiempo, sin embargo, si no se realiza el pago de la prima en la liquidación si puede acarrear algunas sanciones.
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